La Estética Sobre la Función la Oportunidad de Distinguir un Producto Más Allá de su Marca
Fashion Law… Cuando el Derecho se Pone de Moda
El Rol de la Propiedad Industrial en la Eco-innovación
El Impacto de la Marca Verde
Coronavirus y Patentes ¿Es posible patentar el virus que causa el COVID-19
Algunos Aspectos Regulatorios Sobre la Comercialización de Medicamentos en la República Dominicana
Propiedad Intelectual en Tiempo del Coronavirus
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DOMINICANA
Decreto No. 362-01 que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 65-00, sobre Derecho de Autor
Ley No. 65-00 sobre Derecho de Autor
Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT) (1996)
Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT) (1996)
Ley No. 20-00 sobre Propiedad Industrial
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial
Capítulo 15 (DR-CAFTA)
Artículo 15.1: Disposiciones Generales
1. Cada Parte, como mínimo, dará vigencia a este Capítulo. Una Parte puede, aunque no
está obligada a ello, implementar en su legislación nacional una protección y observancia de los derechos de propiedad intelectual más amplia que la requerida bajo este Capítulo, a condición de que dicha protección y observancia no infrinja este Capítulo.